*IVA* *IETU*

-RESEÑA DEL IVA-IETU

-RESUMEN DE LA LEY DEL IVA-IETU

-PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL PAGO

-EJEMPLO DE COMO DETERMINARLO

lunes, 19 de noviembre de 2012

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO



RESUMEN DEL IVA
El IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alícuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.
Si bien la ley menciona 4 diferentes categorías, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.
Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades:
§  Enajenación de bienes
§  Prestación de servicios independientes
§  Dación en uso o goce temporal de bienes
§  Importación de bienes o servicios
Cabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicará la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una región fronteriza, donde se aplicará el 11% como tasa.
Asimismo, la tasa del cero 0% se aplica a las siguientes actividades:
Enajenación de:
§  Animales y Vegetales
§  Medicinas de patente
§  Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
§  Ixtle, palma y lechuguilla
§  Tractores para accionar implementos agrícolas
§  Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
§  Invernaderos hiropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas
§  Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
§  Libros, periódicos y revistas
 Prestación de servicios independientes:
§  Directamente a los agricultores y ganaderos
§  De molienda o trituración de maíz o de trigo
§  De pasteurización de leche
§  En invernaderos hidropónicos
§  Despepite de algodón en rama
§  Sacrificio de ganado y aves de corral
§  Reaseguro.
§  Suministro de agua para uso doméstico
Por otra parte, muchos artículos se encuentran exentos. La idea de este post no era abundar en detalle sino diferenciar correctamente las tasas aplicables según los casos. No obstante, estaremos ampliando en materia impositiva y acerca del IVA.
                 
                La propuesta de uniformar la tasa del IVA ha sido una constante de las propuestas
gubernamentales en México desde mediados de la administración de Ernesto Zedillo.
Cabe recordar que esto representó un viraje respecto de los proyectos iniciales de
reforma fiscal durante aquella administración. Basta recordar que dentro del pro-
grama  para  enfrentar  la  crisis  económica  que  aquejó  al  país  al  comienzo  de  ese
sexenio, la tasa general del IVA fue aumentada de 10 a 15%, al tiempo que se man-
tuvieron la tasa cero a alimentos y medicinas, y la exención del impuesto a diversas
actividades, en especial las agropecuarias. En su momento, se discutió dentro del
equipo  de  gobierno  la  conveniencia  relativa  de  uniformar  el  IVA  en  una  tasa  de
10% para todos los bienes y servicios, versus el aumento de la tasa general. Fi-
nalmente  se  impuso  la  idea  de  mejor  aumentar  la  tasa  general,  conservando  la
tasa cero para alimentos y medicinas. Los argumentos de entonces son relevantes
para la discusión actual acerca de un IVA uniforme, idea retomada por la adminis-
tración  de  Vicente  Fox  y  rechazada,  hasta  ahora  con  éxito,  por  diversos  actores
políticos y sociales.
Quizá lo que más influyó en la decisión de aumentar la tasa general, en
vez de uniformar el IVA, fue la posible irritación social que causaría la adopción de
 un impuesto que aumentaría relativamente el precio de los bienes de primera nece-
sidad, justo cuando la crisis pegaba sobre los niveles de subsistencia de la pobla-
ción  más  pobre  del  país.  Pero  también  influyó  la  percepción  de  la  capacidad
recaudatoria  de  cada  propuesta.  Quienes  argumentaban  por  la  uniformación  del
                IVA, afirmaban que aumentar la tasa general se reflejaría más en una mayor evasión
que en una mayor recaudación. Mientras que, argumentaban también, la uniforma-
ción del IVA cerraría resquicios para la evasión, aumentando el control fiscal. Pero
no  pudieron  rebatir  la  evidencia  empírica  de  quienes  preferían  el  aumento  de  la
tasa general. En efecto, siempre que se había aumentado o disminuido la tasa gene-
ral, la recaudación del impuesto había tendido a aumentar o a disminuir en la mis-
ma  proporción  en  que  se  modificaba  la  tasa.  Por  otro  lado,  cuando  se  había
modificado la tasa aplicable a productos ahora sujetos a tasa cero, el efecto sobre la
recaudación había sido imperceptible

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